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Reintegro a la exportación

Se informa que por el Decreto N° 1341, de fecha 30 de diciembre del 2016, el Poder Ejecutivo Nacional ha establecido una modificación a los niveles de “Reintegro a la Exportación” para diferentes posiciones arancelarias de los productos agro-industriales.

Esta medida busca potenciar el desarrollo agro-industrial diversificado, en términos productivos y territoriales, promoviendo el agregado de valor basado en tres ejes:

  • Diversidad del territorio;
  • Conformación de tramas productivas densas que incluyan la innovación, los desarrollos tecnológicos y servicios; y
  • Aumento de la competitividad de producciones diversificadas y regionales.

La presente medida establece a su vez un reintegro del CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5 %) adicional para aquellos productos que revistan la condición ORGÁNICOS, o que cuenten con el derecho de uso del Sello «ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL» o que cuenten con una DENOMINACIÓN DE ORIGEN o INDICACIÓN GEOGRÁFICA, debidamente registrada por la SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR.

Agro industria se encuentran elaborando el mecanismo de instrumentación para el otorgamiento del reintegro adicional del 0,5% explicado en el párrafo anterior. Las medidas resultan necesarias para adecuar e implementar este nuevo marco normativo, según los requerimientos de la Aduana.

Para ver la norma completa:

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/270000-274999/270117/norma.htm

Para mayor información sobre las Herramientas de Diferenciación:

http://www.alimentosargentinos.gob.ar/HomeAlimentos/

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