Se informa que por el Decreto N° 1341, de fecha 30 de diciembre del 2016, el Poder Ejecutivo Nacional ha establecido una modificación a los niveles de “Reintegro a la Exportación” para diferentes posiciones arancelarias de los productos agro-industriales.
Esta medida busca potenciar el desarrollo agro-industrial diversificado, en términos productivos y territoriales, promoviendo el agregado de valor basado en tres ejes:
La presente medida establece a su vez un reintegro del CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5 %) adicional para aquellos productos que revistan la condición ORGÁNICOS, o que cuenten con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” o que cuenten con una DENOMINACIÓN DE ORIGEN o INDICACIÓN GEOGRÁFICA, debidamente registrada por la SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR.
Agro industria se encuentran elaborando el mecanismo de instrumentación para el otorgamiento del reintegro adicional del 0,5% explicado en el párrafo anterior. Las medidas resultan necesarias para adecuar e implementar este nuevo marco normativo, según los requerimientos de la Aduana.
Para ver la norma completa:
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/270000-274999/270117/norma.htm
Para mayor información sobre las Herramientas de Diferenciación: